| CONSULTAS RESPECTO A LUGARES DE ATENCIÓN Y CENTROS DE PAGO |
| 1. ¿Cómo puedo pagar mi cuenta de luz si no he recibido la factura o boleta? |
Usted puede hacerlo a través de:
• El sitio www.servipag.com, conociendo su número de cliente.
• Kioscos Unired, conociendo su número de cliente.
• Medios presenciales (Servipag, Sencillito, Caja Vecina, conociendo su número de cliente.
• Centros de pago, solicitando un cupón de pago.
Si no conoce su número de cliente, puede consultarlo con nuestro Call Center al 600 777 7777 |
| 2. ¿Cómo puedo obtener una copia de la cuenta de luz si no he recibido la factura o boleta? |
| Usted puede obtener una copia de su boleta a través de la Oficina Virtual en el sitio www.cgedistribucion.cl. También puede solicitar una copia comunicándose con nuestro Call Center al 600 777 7777, la que será remitida por e-mail, o bien, en cualquiera de nuestras Oficinas Comerciales. |
| 3. ¿Cómo puedo saber el estado o saldo de mi cuenta? |
| Usted puede acceder al estado o saldo de su cuenta ingresando a la Oficina Virtual en el sitio www.cgedistribucion.cl, llamando a nuestros ejecutivos al Call Center al 600 777 7777, o en los dispositivos de autoatención dispuestos en algunas oficinas comerciales y centros de pago. |
| 4. ¿Qué es el límite de invierno y cómo se calcula? |
| El cargo por energía adicional de invierno se aplica en cada mes, entre el período 1 de abril al 30 de septiembre, a cada kWh consumido al mes, en exceso del límite de invierno del cliente, siempre que el consumo exceda 430 kWh/mes. El límite de invierno será igual al mayor valor que resulte de comparar 350 kWh, con el promedio mensual de la energía consumida entre los meses de octubre y marzo del siguiente año, ambos inclusive, incrementado en un 20%. |
| 5. ¿A quiénes se aplica el cargo por energía adicional de invierno? |
| El cargo por energía adicional de invierno se aplica a los clientes con tarifa BT1. Usted puede verificar su tarifa en su boleta, específicamente en el recuadro de “Datos del Servicio”. |
| 6. ¿Cuándo toman la lectura/reparten la boleta en mi sector? |
La lectura de medidores se realiza mensualmente conforme a un programa preestablecido. Como referencia útil, la fecha de próxima lectura será aproximadamente 30 días después de la fecha de lectura actual indicada en la boleta, con una variación de más o menos 3 días. Para orientar a nuestros clientes, informamos en las boletas de consumo una fecha aproximada de la lectura para el mes siguiente.
Usted recibirá su boleta o factura aproximadamente en los 5 días hábiles siguientes a la lectura del medidor.
Para más información, puede llamar a nuestro Call Center al 600 777 7777 |
| 7. ¿Por qué la compañía cobra Cargo Fijo mensual? |
El cargo fijo mensual cubre los costos en que incurren las compañías por los trabajos de lectura de medidores, facturación, reparto de boletas y facturas, recaudación y atención de clientes, entre otros.
Los conceptos antes indicados no están contemplados en los cargos por energía y potencia eléctrica de las diferentes tarifas vigentes. Este cargo está regulado por ley, así como también los precios de la energía y potencia. Por lo tanto, las compañías no tienen injerencia sobre ellos. |
| 8. ¿Por qué me cobran arriendo de medidor? |
| El cargo por arriendo de medidor se aplica a aquellos clientes que no compraron su medidor y que optaron por la modalidad de arrendárselo a la compañía eléctrica propietaria de dicho equipo. El costo de este servicio se encuentra regulado por el decreto 197 del Ministerio de Minería, Fomento y Reconstrucción, y su tarifa se encuentra publicada en la página web y oficinas comerciales de nuestra compañía. |
| 9. ¿Qué debo hacer cuando la boleta llega después de la fecha de vencimiento? |
| En este caso debe dejar constancia en nuestra compañía sobre el atraso en la entrega de su boleta. De esta forma evitará el recargo que implica el pago fuera de plazo. Esta constancia puede realizarla a través de cualquiera de nuestros canales de atención disponibles. |
| 10. ¿Qué hago cuando en mi nueva boleta aparece como saldo anterior una boleta ya cancelada? |
| Esto ocurre generalmente cuando usted ha pagado posterior a la emisión de una segunda boleta. En caso que requiera mayor información, puede tomar contacto a través de nuestro Call Center al 600 777 7777 o dirigirse a nuestras Oficinas Comerciales. |
| 11. ¿Qué puedo hacer si tengo alguna duda con el cobro en mi boleta? |
| En este caso le aconsejamos comparar la lectura actual de su medidor con la lectura de su última factura o boleta. En caso de dudas puede comunicarse con nuestro Call Center al 600 777 7777 o directamente en nuestras Oficinas Comerciales. Para otras dudas respecto al cobro de su boleta, recomendamos tomar contacto con nuestro Call Center o directamente en nuestros Oficinas Comerciales contando con su última boleta o factura. |
| 12. ¿Qué significa la abreviación "CNR" en la boleta o factura? |
| Esto significa “consumo no registrado”, que corresponde a un cargo adicional que se cobra en casos en que el medidor no esté registrando el consumo real, debido a que presenta algún desperfecto o ha sido intervenido. |
| 13. ¿Qué sucede cuando he pagado mi deuda después de la fecha de vencimiento? |
| En este caso se cobrará un valor fijo por concepto de pago fuera de plazo, más un interés por mora por cada día de atraso en el pago. Todos estos valores están regulados según normativa vigente. |
| 14. Cuando no hay moradores en el domicilio, ¿Cómo puedo entregar mi lectura? |
| En este caso, la compañía le faculta para que usted tome el estado del medidor y lo informe llamando a nuestro Call Center al 600 777 7777. |
| 15. La lectura actual informada en la boleta es superior a la que registra el medidor ¿Qué puedo hacer en este caso? |
| Si la lectura registrada en el recibo de consumo es superior a la que registra el medidor, le recomendamos comunicarse con nuestro Call Center al 600 777 7777, para verificar la lectura. Esta verificación podrá tener un costo para usted en la medida que no se compruebe ninguna anormalidad en el registro de la lectura, de acuerdo a lo indicado en el decreto 197 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. |
| 16. Si tengo convenio de pago vigente por consumo eléctrico, ¿Cuál es el plazo para pagar? |
El vencimiento de las cuotas de un convenio de pago, es el mismo que tiene la facturación del mes, es decir, el que aparece en la respectiva boleta o factura de consumo que contiene la cuota. En caso que la cuota no fuera pagada dentro del plazo de vencimiento respectivo, nuestra compañía queda facultada para aplicar sobre el monto adeudado de esta un interés por mora por cada día de atraso en el pago, y además para suspender el servicio de suministro de energía eléctrica. Tanto la suspensión de suministro como los intereses cobrados están regulados según normativa vigente.
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| CONSULTAS RESPECTO DEL MEDIDOR |
| 1. ¿Dónde se puede comprar un medidor? |
Usted puede comprar el medidor en nuestra compañía, con facilidades en el pago, o comprarlo en empresas que vendan artículos eléctricos, siempre y cuando cumpla con las normas técnicas.
En caso que usted compre su medidor en otro sitio, deberá presentar la factura que acredite su procedencia y el Certificado de Calibración. |
| 2. Mi medidor está en malas condiciones o registra mucho consumo ¿Qué puedo hacer? |
Si usted tiene alguna duda sobre el funcionamiento de su medidor, le recomendamos comunicarse con nuestro Call Center al 600 777 7777, para verificar el funcionamiento. Es importante que usted se encuentre presente durante la revisión, así podrá realizar todas sus consultas al técnico.
En caso que en el medidor no se detecten fallas, la visita del técnico será cobrada en una próxima boleta. Si se detecta algún defecto, la Compañía le proveerá de un medidor en forma provisoria mientras se revisa el suyo. |
| 3. Si necesito aumentar la capacidad de mi instalación ¿qué puedo hacer? |
Este trabajo lo puede solicitar a nuestra compañía o a un instalador eléctrico autorizado. Luego de realizado el trabajo, para regularizar debe presentar los siguientes documentos en nuestra oficina comercial.
• Solicitud de empalme y suministro
• Contrato de suministro
• Nuevo TE1 (tramitado por instalador electricista autorizado por SEC).
• Autorización notarial del dueño (si es arrendatario)
• Cancelar el aumento de capacidad, el cual dependerá de las características del empalme.
Debe tener presente que si el aumento es igual o superior a 10 kW de potencia conectada, se debe modificar el empalme y deberá definir una nueva tarifa. |
| 4. ¿Qué necesito hacer para solicitar suministro eléctrico en mi propiedad? |
| Para esta solicitud debe cumplir los siguientes requisitos |
| • Verifique que en la propiedad no exista otro empalme o medidor. |
| • Si existen deudas asociadas a la propiedad, éstas deben ser pagadas. |
| • Los trámites deben ser solicitados por el dueño de la propiedad, orientado por un instalador eléctrico autorizado por la SEC. |
| Posteriormente debe entregar en la oficina comercial más cercana a su domicilio, los siguientes antecedentes: |
| • Solicitud de empalme y suministro. |
| • Formulario de registro de potencia. |
| • Contrato de suministro. |
| • Escritura o certificado de dominio vigente de la propiedad. |
| • Copia de la boleta o factura de venta del medidor con certificado de exactitud. |
| • Certificado de número municipal. |
| • Anexo TE1, firmado por un instalador eléctrico autorizado. |
| • Fotocopia de cédula de identidad del propietario y cliente. |
| • Certificado de factibilidad para servicios con potencia instalada superior a 10 kW. El cual puede ser solicitado en cualquiera de nuestras Oficinas Comerciales, el cual no tiene costo alguno para el cliente. |
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| 5. ¿Qué tengo que hacer para trasladar el medidor dentro de mi propiedad? |
Para estos efectos, usted debe dirigirse a la Oficina Comercial para realizar dicha solicitud. En caso de ser arrendatario, usted deberá contar con una autorización notarial del dueño de la propiedad. El medidor siempre debe quedar accesible, para la toma de lectura. Este trabajo tiene un costo asociado, que se informará una vez se haya evaluado el requerimiento, para lo cual nuestro personal realiza una visita en terreno.
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| CONSULTAS RESPECTO A INTERRUPCIONES DEL SUMINISTRO |
| 1. ¿Dónde llamar por Emergencias? |
| El número al cual usted debe recurrir al presentarse alguna emergencia es el 600 777 7777. |
| 2. ¿Qué debo hacer si me encuentro sin energía? |
Verifique el automático de su medidor y/o tablero general. Si continúa sin suministro, llame a nuestro Call Center al 600 777 7777 y acudiremos a solucionar su problema. |
| 3. Si detecto fallas en el alumbrado público, ¿a quién debo dirigirme? |
El mantenimiento del alumbrado público puede ser responsabilidad de la compañía o de la Municipalidad. Le recomendamos comunicarse con nuestro Call Center al 600 777 7777 para reportar la situación, donde le indicaremos los pasos a seguir.
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| CONSULTAS RESPECTO A OTROS TRÁMITES COMERCIALES |
| 1. ¿Qué debo hacer para realizar cambio de nombre? |
Para el cambio de nombre en su boleta es necesario que presente en nuestras oficinas comerciales los siguientes documentos:
Si es propietario:
• Certificado de dominio vigente o copia legalizada
• Fotocopia cédula de identidad
Si es arrendatario:
• Certificado de dominio vigente o copia legalizada
• Fotocopia cédula de identidad
• Autorización notarial del propietario
• Fotocopia cédula de identidad del propietario
Para casos particulares, comunicarse con nuestro Call Center al 600 777 7777 |